LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

¿Necesitas empezar de nuevo y las deudas te ahogan?

¿QUÉ ES LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD?

Se trata de un mecanismo que permite librarse de determinadas deudas mediante la condonación parcial frente a los acredores. Posibilita reiniciar la vida o actividad que de otra forma no sería posible. Existen personas que por distintas circunstancias tienen deudas impagables y esta es su mejor alternativa.

¿PUEDO SER BENEFICIARIO DE ESTA LEY?

Pueden serlo todas las personas ya sean particulares, unidades familiares o empresarios cuyo incumplimiento no sea de mala fe, no haya sido declarado en concurso culpable ni condenado por delitos socioeconómicos contra los trabajadores o falsedad documental con un límite de 5 millones de euros.

TRAMITACIÓN

En primer lugar habrá que acudir a un acuerdo extrajudicial de pagos donde se debe llegar a un acuerdo de quita y espera (plazo). Este acuerdo debe ser firmado ante notario. Se establecen en principio 5 años para liquidar las deudas. En caso de no aprobarse el anterior acuerdo debemos acudir al concurso consecutivo, donde se podrá solicitar la cancelación de las deudas.

RESULTADOS DE LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

Los beneficiarios para poder acogerse deben saber que perderán todo su patrimonio, a cambio, pueden obtener un acuerdo muy beneficioso, cancelando todas sus deudas, para comenzar de nuevo su vida o su actividad empresarial.

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El mejor trato es presencial

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3. Si a juicio del letrado el asunto es viable, requerirá documentación escritura (préstamo hipotecario, contrato de tarjeta de crédito, recibos bancarios, etc.). Posteriormente y una vez estudiado el asunto se remitirá al cliente hoja de encargo y posible reclamación al banco buscando una solución extrajudicial, evitando ahorrando tiempo y dinero para el cliente.
Si todo va bien el cliente recibe el dinero indebidamente abonado al banco sin coste alguno para él o ella. Los costes del procedimientos debe asumirlos la entidad bancaria condenada.