CLÁUSULA IRPH

Tienes una hipoteca relacionada al IRPH

¿QUÉ SIGNIFICAN ESTAS SIGLAS?

La Cláusula IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios).

Se denomina así al tipo de interés obtenido al hacer la media de los aplicados por las cajas y bancos. Es un tipo de interés muy elevado y es uno de los más utilizados en nuestro País al igual que el Euribor.

¿QUÉ PODEMOS CONSEGUIR SI RECLAMAMOS?

  • La nulidad y eliminación de la cláusula que recoge IRPH.
  • El cálculo y liquidación de cuotas referenciadas al Euribor más diferencial estipulado.
  • La devolución de las cantidades pagadas de más.

Es recomendable no firmar ningún documento de acuerdo con la Entidad Bancaria toda vez que podría suponer el renunciar a la posibilidad de emprender acciones legales por lo que es recomendable consultar con un abogado especialista en para que el posible acuerdo sea el más beneficioso para el cliente. BOTON

DE MOMENTO NO VEMOS VIABLE LA RECLAMACIÓN CON GARANTÍAS PARA EL CLIENTE PERO PODEMOS ENCONTRAR O OFRECER SOLUCIONES ALTERNATIVAS

El TJUE se ha pronunciado en el sentido que deben de cumplirse los criterios de tranparencia para la venta de hipotecas refenciadas al IRPH.

Sin embargo, las audiencias provinciales se han venido manifestando de forma contradictoria en cuanto al criterio de tranparencia. Por tanto entendemos que el cliente bancario asumiría un elevado riesgo en caso de interponer demanda. Aconsejamos desde nuestro despacho actuar con prudencia y esperar a que se pronuncie el Tribunal Supremo resolviendo la controversia.

Dejanos aquí el número o mail y nos pondremos en contacto contigo en 24 horas.

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El mejor trato es presencial

Nuestro protocolo de actuación es el siguiente:

1. Contacta directamente con nostros o deja tus datos de contacto a través del formulario.
2. Uno de nuestros abogados se pondrá en contacto contigo para conocer tu caso y reunirse personalmente contigo. De manera previa se firma la cesión de datos para poder estudiar el caso.
3. Si a juicio del letrado el asunto es viable, requerirá documentación escritura (préstamo hipotecario, contrato de tarjeta de crédito, recibos bancarios, etc.). Posteriormente y una vez estudiado el asunto se remitirá al cliente hoja de encargo y posible reclamación al banco buscando una solución extrajudicial, evitando ahorrando tiempo y dinero para el cliente.
Si todo va bien el cliente recibe el dinero indebidamente abonado al banco sin coste alguno para él o ella. Los costes del procedimientos debe asumirlos la entidad bancaria condenada.