CLÁUSULAS SUELO

¿Tienes una cláusula suelo en tu hipoteca?

¿QUÉ ES Y DE QUE HABLAMOS?

Se trata de una cláusula inserta en muchos de los contratos hipotecarios por la que se establece un interés mínimo a pagar en las mensualidades que nada tiene que ver con el marcado por los mercados.

Con está cláusula se fija un tipo de interes mínimo- El cliente no puede beneficiarse de las bajadas del tipo de referencia, euribor.

Por Sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Diciembre de 2016 las Entidades Bancarias están obligadas a devolver todas las cantidades pagadas en demasía con motivo de esta cláusula y desde la fecha de constitución de la hipoteca.

SI LA HIPOTECA ESTÁ CANCELADA, SE PUEDE RECLAMAR.

Aunqyue su hipoteca este cancelada se puede reclamar. La acción de declaración de nulidad judicial de la cláusula suelo es imprescriptible, no caduca.

¿Y SI FIRMÉ UN ACUERDO?

Si firmó un acuerdo también puede reclamar su cláusula suelo. Hay que estudiar el acuerdo y las circunstancias en las que se firmó.

¿ES LEGAL LA CLÁUSULA SUELO?

Es nula cuando las entidades bancarias no han sido transparentes a la hora de informar de sus consecuencias.  El contratante en este caso esta desprotegido y desinformado. La información deberá la Entidad Bancaria proporcionarla antes de la firma de la correspondientes escrituras y hacer especial mención de la citada cláusula.

¿CÓMO RECUPERO LO QUE HE PAGADO EN EXCESO?

Primero hay que asesorarse con un buen profesional porque los bancos no tienen la obligación extrajudicial de devolver el dinero y porque además el cálculo de las cantidades a devolver no es sencillo puesto que la propia demanda incluye: la nulidad de la citada cláusula, el cálculo y devolución de las cantidades pagadas de más y un nuevo cálculo del cuadro de amortización y actualizaciones de deudas pendientes.

Si se opta por la vía judicial la Entidad Financiera correrá con las costas del procedimiento.

También se tiene derecho a reclamar en el caso de hipotecas ya canceladas porque este hecho no exime de la obligación de devolver las cantidades pagadas de más.

¿Y SI ME HE DIVORCIADO?

En caso de divorcio tanto si se ha liquidado la sociedad de gananciales como si no, se podrá reclamar. Consúltenos su caso por la multitud de variantes que pueden darse en este supuesto.

¿CÓMO SABER SI TENGO CLÁUSULA SUELO?

Revisaremos su escritura del préstamo hipotecario, los recibos mensuales de forma gratuita. 

Dejanos aquí el número o mail y nos pondremos en contacto contigo en 24 horas.

nombre

Email o teléfono

Al rellenar el formulario estás dando el consentimiento expreso al tratamiento de tus datos (guardar tu comentario y datos del formulario en el blog) conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

El responsable de este sitio es JOSÉ MANUEL CRISTO TINOCO., cuya finalidad es la defensa jurídica especializada en derecho de familia, con la legitimación de tu consentimiento otorgado en el formulario.

El destinatario de tus datos es JOSÉ MANUEL CRISTO TINOCO, nadie más podrá acceder a la información que facilites a través del formulario, y podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación o supresión de tus datos (ver la política de privacidad).

El mejor trato es presencial

Nuestro protocolo de actuación es el siguiente:

1. Contacta directamente con nostros o deja tus datos de contacto a través del formulario.
2. Uno de nuestros abogados se pondrá en contacto contigo para conocer tu caso y reunirse personalmente contigo. De manera previa se firma la cesión de datos para poder estudiar el caso.
3. Si a juicio del letrado el asunto es viable, requerirá documentación escritura (préstamo hipotecario, contrato de tarjeta de crédito, recibos bancarios, etc.). Posteriormente y una vez estudiado el asunto se remitirá al cliente hoja de encargo y posible reclamación al banco buscando una solución extrajudicial, evitando ahorrando tiempo y dinero para el cliente.
Si todo va bien el cliente recibe el dinero indebidamente abonado al banco sin coste alguno para él o ella. Los costes del procedimientos debe asumirlos la entidad bancaria condenada.